El Tribunal Supremo se adentra en la política y convierte en españoles de segunda categoría a los descendientes de quienes tuvieron que exiliarse tras la Guerra Civil.
El castigo que no terminó en 1939
La Guerra Civil terminó en 1939, pero la victoria nunca fue suficiente. No bastó con matar, encarcelar y depurar a los derrotados. No bastó con expulsarlos de sus trabajos, confiscar sus bienes, condenar a sus familias al hambre y obligar a los más afortunados a cruzar los Pirineos o embarcarse hacia América. Había que borrar también su descendencia de la comunidad nacional. Y ahora que una ley intenta reparar parcialmente aquella expulsión, los nietos políticos de quienes ganaron la guerra vuelven a levantar la trinchera. Esta vez llevan toga. Quienes sostienen que los jueces no hacen política tienen aquí un ejemplo de lo contrario.
El Tribunal Supremo ha suspendido cautelarmente la inscripción en el censo electoral de cientos de miles de ciudadanos que obtuvieron la nacionalidad española al amparo de la Ley de Memoria Democrática. Personas reconocidas legalmente como españolas podrán conservar su nacionalidad y su pasaporte, pero no ejercer uno de los derechos esenciales vinculados a esa condición.
Serán españoles, aunque no lo bastante españoles como para votar.
El mensaje político resulta difícil de ocultar. Los descendientes de quienes tuvieron que abandonar España como consecuencia de la guerra y la dictadura pueden recuperar formalmente la nacionalidad, pero no participar en la decisión sobre el futuro del país. La España de los vencedores continúa reservándose el derecho a decidir quién pertenece realmente a España.
Una ley vigente, un derecho suspendido
La resolución pretende revestir esta exclusión de prudencia jurídica. El Supremo habla de proteger la "objetividad", la "transparencia" y la "pureza" del censo frente a un supuesto "peligro fundado, real y serio". Pero detrás de esas expresiones solemnes no aparece la norma que funde legalmente la decisión de privar del sufragio a ciudadanos cuya nacionalidad continúa siendo válida.
La Ley de Memoria Democrática está vigente. También lo está la instrucción administrativa que reguló su aplicación: desde 2008, bastaba acreditar que el antepasado salió de España entre 1936 y 1955 para presumir su exilio. El auto no deroga ese criterio: simplemente añade, sin que medie ninguna convocatoria electoral, una certificación consular que hasta ahora nadie exigía para ejercer un derecho ya reconocido. Las inscripciones practicadas en el Registro Civil no han sido anuladas. Ningún tribunal ha declarado que estas personas no sean españolas. El Supremo tampoco lo hace en su auto.
Y, sin embargo, les impide votar.
La secuencia jurídica debería ser elemental: si están inscritos como españoles y sus inscripciones no han sido anuladas, son españoles; y si son españoles en pleno uso de sus derechos políticos, tienen derecho a votar. No existe una categoría intermedia de españoles cautelares, españoles bajo sospecha o españoles sin sufragio creada para tranquilizar al Tribunal Supremo.
La resolución no aplica una norma que ordene excluirlos. Realiza una ponderación política. Para evitar la posibilidad futura de que voten personas cuyas nacionalidades quizá pudieran ser cuestionadas, acepta el perjuicio inmediato de impedir votar a ciudadanos que actualmente son españoles. Convierte una sospecha sobre el procedimiento administrativo en causa suficiente para suspender un derecho fundamental.
Cuando los propios jueces lo dicen
La magistrada Alicia Millán lo denuncia en su voto particular: se produce un perjuicio "inmediato, efectivo y plenamente identificable" para evitar un daño futuro e incierto. También señala que se utiliza un recurso contra una resolución de la Junta Electoral Central para cuestionar indirectamente unas nacionalidades que no han sido anuladas por los procedimientos correspondientes (el voto particular de la "ley de nietos").
El magistrado Miguel Pasquau ha sido aún más claro: estamos ante un ejemplo de "forzar o torcer el derecho para conseguir un propósito político". No hace falta atribuir intenciones ocultas al Tribunal. La motivación política aparece en el propio auto cuando decide proteger una determinada concepción de la "pureza" del censo por encima del derecho de sufragio de quienes lo integran legalmente (entrevista a Miguel Pasquau).
El mecanismo de siempre
La ausencia de fundamento jurídico suficiente permite comprender la naturaleza de la decisión. No estamos ante una discusión técnica sobre el censo, sino ante una nueva prolongación del castigo impuesto a los derrotados.
Los vencedores no solo gobernaron España durante cuarenta años. Decidieron quién pertenecía a ella y quién debía ser expulsado de su historia: las familias vinculadas al régimen conservaron patrimonios y redes de poder; los descendientes de los vencidos heredaron la ausencia, el silencio y el desarraigo. La Ley de Memoria Democrática apenas reconstruyó jurídicamente ese vínculo roto, y ni siquiera esa reparación limitada resultó tolerable: la misma resistencia se activó en 2019, cuando exhumar a Franco del Valle de los Caídos fue presentado como una amenaza a la reconciliación, y se repite ahora con el censo. El mecanismo es siempre el mismo: primero se niega la necesidad de reparar, después se desacredita la ley como sectaria, y finalmente se recurre a los tribunales para retrasar, limitar o vaciar de contenido sus efectos.
La toga actúa aquí como prolongación de la trinchera. Ya no puede expulsar físicamente a los vencidos, pero puede negar voz política a sus descendientes. Ya no puede retirarles formalmente la nacionalidad, pero puede vaciarla de uno de sus derechos fundamentales.
Ochenta y siete años administrando la derrota
Ochenta y siete años después del final de la guerra, los herederos políticos de las hordas vencedoras siguen administrando la derrota. No les basta con que los abuelos fueran perseguidos, depurados o empujados al exilio. También quieren decidir si sus nietos merecen votar.
A quienes siguen pensando que los jueces no se meten en política, este auto les da la razón de lo contrario: pocas veces la política se ha vestido de toga con tanto descaro.
La guerra terminó. El castigo, por lo visto, todavía no.




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