En la Revolución francesa, el pueblo que se organizó y legisló por sí mismo cayó en el olvido: la historia solo conserva al pueblo convertido en masa homicida y destructora. La Ley del Máximum General demuestra que también supo construir.
Cuando pensamos en la Revolución francesa, casi todos evocamos las mismas imágenes: la toma de la Bastilla, la guillotina, Robespierre, las multitudes enfurecidas y el Terror. La revolución aparece en la memoria colectiva como una gigantesca explosión de violencia popular que destruye el Antiguo Régimen y termina devorando a sus propios protagonistas.
Sin embargo, esa memoria es llamativamente selectiva. Conserva con enorme intensidad la imagen del pueblo cuando destruye un orden político, pero apenas recuerda al pueblo cuando intenta construir otro. Sabemos mucho de las jornadas insurreccionales, de las matanzas de septiembre o de la guillotina, pero bastante menos de las secciones parisinas, de los comités populares y de las instituciones mediante las cuales ciudadanos corrientes debatieron problemas de gobierno, organizaron el abastecimiento y presionaron para convertir sus demandas en decisiones políticas.
La diferencia no es menor. Si el pueblo aparece fundamentalmente como una fuerza emocional capaz de destruir, la conclusión parece inevitable: necesita una élite que piense, administre y gobierne por él. Si descubrimos, en cambio, que sectores populares fueron capaces de organizarse horizontalmente, sin esperar instrucciones desde una vanguardia ni desde el Estado, y de hacer llegar sus propias decisiones hasta el poder central, la interpretación cambia. Eso es justamente lo que esa memoria selectiva esconde: no la violencia, que sí recuerda, sino la capacidad de un pueblo para gobernarse a sí mismo sin necesitar que nadie lo dirija desde arriba. La Revolución francesa deja de ser únicamente una historia de masas desbordadas para convertirse también en una experiencia de producción política desde abajo.
Existe una ley que resume mejor que ninguna otra esa capacidad y que, paradójicamente, apenas forma parte de nuestra memoria de la Revolución. Se llamó Ley del Máximum General.
El pueblo que también hacía política
La imagen tradicional de los sans-culottes ha estado marcada por la violencia. Se los representa como trabajadores urbanos empujados por el hambre, fácilmente inflamables y dispuestos a utilizar la fuerza para imponer sus reivindicaciones. Esa imagen contiene una parte de verdad, pero deja fuera una dimensión fundamental.
Albert Soboul, George Rudé y Richard Cobb mostraron en sus estudios sobre el movimiento popular revolucionario que las clases populares parisinas estaban lejos de constituir una multitud informe. Las 48 secciones de París, nacidas inicialmente como circunscripciones electorales, terminaron convirtiéndose en espacios horizontales de deliberación y administración local, sin una dirección centralizada que las gobernara desde fuera. En ellas se discutían cuestiones de abastecimiento y seguridad, se redactaban peticiones a la Convención Nacional, se elegían determinados cargos y se organizaban comités relacionados con la vigilancia, el socorro y la distribución de alimentos.
Aquella democracia no fue perfecta ni universal: sus militantes no representaban a la totalidad de la población parisina. Pero existían estructuras políticas nacidas desde abajo capaces de producir iniciativa propia. La política no circulaba únicamente desde dirigentes como Robespierre, Danton o Saint-Just hacia una masa que se limitaba a obedecerlos. En determinados momentos recorría también el camino contrario: junto a la política vertical de dirigentes y asambleas nacionales, existía una política horizontal, hecha entre iguales, sección a sección.
Ese pueblo organizado planteaba además reivindicaciones mucho más concretas que la imagen convencional de la multitud revolucionaria. Discutía el precio del pan, el abastecimiento, el acaparamiento y los límites que debían imponerse a los comerciantes cuando la subsistencia de la población estaba en peligro. No se limitaba a protestar contra una situación. Intentaba decidir qué debía hacerse para resolverla.
El derecho a existir
La Ley del Máximum General, aprobada el 29 de septiembre de 1793, suele presentarse como una medida de emergencia contra la inflación y las dificultades de abastecimiento. Lo fue, pero reducirla a eso impide comprender su verdadera radicalidad política.
Detrás de aquellas reivindicaciones se había ido desarrollando una concepción distinta de la relación entre propiedad, mercado y sociedad: el droit à l'existence, el derecho a la existencia. Jacques Roux, una de las principales figuras de los Enragés, había expresado esa lógica con especial contundencia en su Manifeste des Enragés de junio de 1793: la libertad política pierde gran parte de su significado cuando unos ciudadanos disponen del poder económico necesario para privar a otros de aquello que necesitan para sobrevivir. Robespierre, desde una posición diferente, había defendido también que el derecho de propiedad no podía considerarse ilimitado cuando entraba en conflicto con la conservación de la vida.
Los sectores populares que reclamaban controles sobre los alimentos no estaban proponiendo la abolición de la propiedad privada ni anticipando un sistema socialista. Su planteamiento era al mismo tiempo más sencillo y más radical:
El derecho a subsistir podía establecer límites al derecho de propiedad y a la libertad de mercado.
Ese principio convertía el precio del pan en una cuestión política. Si una comunidad podía decidir que determinados bienes indispensables no debían superar cierto precio, entonces el mercado dejaba de constituir una esfera sometida exclusivamente a sus propias reglas. La subsistencia colectiva podía imponerse sobre ellas.
Cuando una demanda popular se convierte en ley
El Máximum fijó precios máximos para productos de primera necesidad, reforzó la persecución del acaparamiento y amplió considerablemente la capacidad de intervención pública sobre el abastecimiento. También estableció límites salariales, una dimensión de la ley que posteriormente resultaría importante.
Puede discutirse su eficacia económica. Lo que resulta más difícil discutir es su significado político. La ley afirmaba que, cuando estaba en juego la supervivencia de la población, el resultado del mercado no tenía por qué aceptarse como una fatalidad. La política podía intervenir y modificarlo.
Tampoco fue una concesión espontánea de los dirigentes jacobinos. Como mostró Soboul, el control de los precios y del abastecimiento llevaba tiempo formando parte de las reivindicaciones del movimiento sans-culotte. Las movilizaciones y la presión de las secciones durante 1793 obligaron a la Convención a desplazarse hacia posiciones que había rechazado o contemplado con muchas más reservas.
No significa que el pueblo redactara literalmente la Ley del Máximum. Significa algo más relevante para la tesis de este artículo:
Una demanda desarrollada desde abajo consiguió modificar la agenda del poder y convertirse en legislación del Estado.
Ahí reside su verdadero carácter revolucionario. El pueblo no aparece únicamente reclamando comida. Aparece identificando un problema económico, formulando una respuesta política, organizándose para imponerla y consiguiendo finalmente alterar las reglas bajo las que funcionaba el mercado.
Cuando el Estado recuperó el control
La historia posterior obliga, sin embargo, a introducir un matiz decisivo. La autonomía de las secciones no sobrevivió intacta hasta Termidor para ser destruida repentinamente por los enemigos de Robespierre. El proceso de neutralización había comenzado antes, bajo el propio Gobierno Revolucionario.
El Decreto del 14 de Frimario del Año II, aprobado el 4 de diciembre de 1793, reforzó de manera decisiva la centralización administrativa alrededor del Comité de Salvación Pública y del Comité de Seguridad General. En una República amenazada por la guerra exterior y las insurrecciones internas, el gobierno pretendía unificar el mando y controlar una revolución atravesada por multitud de poderes locales. Pero esa centralización tuvo también una consecuencia política: redujo la autonomía de aquellas organizaciones populares cuya presión había contribuido precisamente a radicalizar la Revolución.
El problema aparece entonces con mucha más claridad. El gobierno revolucionario había necesitado la movilización popular, había incorporado algunas de sus reivindicaciones y después empezó a considerar problemática la autonomía política desde la que aquellas reivindicaciones habían surgido.
La propia Ley del Máximum permite observar ese desplazamiento. Concebida fundamentalmente como una respuesta a la demanda de controlar precios y garantizar la subsistencia, incluía también límites salariales. El 23 de julio de 1794 —5 termidor, cuatro días antes de la caída de Robespierre—, la Comuna de París publicó una tabla revisada del máximo de salarios que recortaba drásticamente las remuneraciones de buena parte de los oficios parisinos. Trabajadores que habían conseguido elevar sus salarios durante los meses anteriores vieron cómo un instrumento asociado a la defensa de las clases populares se volvía contra ellos. Cuatro días después, cuando la Convención derrocó a Robespierre, las secciones que deberían haber acudido en su defensa permanecieron pasivas.
Aquello mostraba un cambio en la relación de poder: una conquista impulsada desde abajo había sido incorporada al Estado y podía ser utilizada desde arriba conforme a prioridades que ya no coincidían necesariamente con las de quienes la habían conseguido. El problema ya no era únicamente conquistar una ley, sino conservar la capacidad política para decidir qué significaba y cómo debía aplicarse.
Termidor culmina el retroceso
La caída de Robespierre el 27 de julio de 1794 suele presentarse como el final del Terror. Lo fue, pero esa interpretación se queda corta si no observamos también qué ocurrió con la participación política popular. Las asambleas seccionales, que habían llegado a ser casi permanentes, quedaron reducidas por decreto a dos sesiones semanales. Las secciones fueron perdiendo capacidad de presión, el movimiento sans-culotte quedó progresivamente neutralizado y la Ley del Máximum fue abolida en diciembre de 1794.
Termidor puede leerse así no solo como la reacción frente a los excesos represivos de Robespierre y del Terror, sino también como una reconducción del proceso revolucionario hacia un sistema en el que los propietarios recuperaban seguridad frente a las formas más radicales de intervención económica y la democracia directa dejaba de condicionar permanentemente al poder central.
La Revolución no volvió al Antiguo Régimen. Sus grandes transformaciones jurídicas y sociales sobrevivieron. Lo que retrocedió fue otra posibilidad abierta durante el periodo más radical: que la soberanía popular no terminara en la proclamación de derechos o en la elección de representantes, sino que pudiera penetrar también en la organización material de la sociedad.
El proceso posterior conduciría al Directorio, después al Consulado y finalmente al Imperio napoleónico. La revolución que había proclamado la soberanía popular terminó desembocando en una extraordinaria concentración del poder político.
El pueblo que hemos decidido recordar
Aquí reaparece la pregunta con la que comenzaba este artículo. ¿Por qué conocemos todos la guillotina y casi nadie conoce la Ley del Máximum? ¿Por qué la memoria conserva con tanta facilidad al pueblo cuando mata y mucho menos cuando organiza instituciones, formula políticas económicas y consigue imponerlas?
Esa selección no es políticamente neutra. La tradición liberal-representativa que acabó imponiéndose en Occidente encontró una fórmula perfectamente compatible con la soberanía popular: el pueblo constituye la fuente legítima del poder, pero su ejercicio cotidiano corresponde a representantes, administradores y élites políticas. La experiencia de las secciones apuntaba hacia una posibilidad distinta: que sectores populares organizados pudieran producir directamente iniciativa política y condicionar desde fuera de esas élites las decisiones del Estado. No es casual que esa dimensión tuviera que ser recuperada por la historiografía a mediados del siglo XX, frente a una imagen que había reducido con demasiada facilidad a los sans-culottes a la multitud revolucionaria — ni que, décadas después, el revisionismo liderado por François Furet volviera a reinterpretar el Año II como una desviación totalitaria de la Revolución liberal de 1789, despojando de nuevo al movimiento popular de su capacidad de agencia institucional. El problema no consiste en negar la violencia del periodo. Consiste en preguntarse por qué esa violencia ha ocupado una parte tan desproporcionada del recuerdo.
La Ley del Máximum no demuestra que un pueblo idealizado pudiera gobernar sin dirigentes, instituciones o conflictos. Demuestra algo más concreto: que sectores populares fueron capaces de crear organización política autónoma, formular una agenda propia y obligar al Estado a modificar incluso las reglas del mercado.
El verdadero triunfo de la derrota termidoriana no fue solo derrotar políticamente al movimiento popular, sino abrir paso a una memoria pública que terminaría identificando al pueblo con la violencia y no con su capacidad para producir instituciones y legislación.
La guillotina confirma el miedo al pueblo. La Ley del Máximum recuerda su capacidad política.




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