La Pregunta Prohibida: ¿Quién Vigila a Occidente?

La Pregunta Prohibida: ¿Quién Vigila a Occidente?

La asimetría fundamental del sistema internacional que otros padecen, mientras en Occidente se vive como un hecho natural

Existe una pregunta que el orden liberal occidental evita sistemáticamente: si Rusia debe rendir cuentas ante tribunales internacionales, si China debe ser juzgada por sus acciones internas, si los Estados periféricos deben someterse al escrutinio de índices democráticos y relatores de la ONU, ¿ante quién rinde cuentas Occidente?


En un vistazo: El sistema internacional no funciona como un universalismo simétrico. Funciona como un conjunto de reglas con salidas de emergencia, donde quien tiene poder material, institucional y financiero puede blindarse y, además, definir el lenguaje con el que se decide qué es "justicia", qué es "seguridad" y qué es "propaganda". Este artículo documenta cómo Occidente ha construido tres capas de impunidad institucional (CPI, Consejo de Seguridad, sanciones), controla el relato mediante el poder mediático, y utiliza la "democracia" no como principio universal, sino como arma selectiva contra quienes le dicen "no". La pregunta que destruye el edificio conceptual es simple: si nadie vigila a Occidente, ¿por qué debería Occidente vigilar a otros?


La respuesta operativa es simple: no existe un órgano equivalente con capacidad efectiva para imponer consecuencias a las potencias hegemónicas cuando estas deciden no someterse.

El sistema internacional no funciona como un universalismo simétrico. Funciona como un conjunto de reglas con salidas de emergencia, donde quien tiene poder material, institucional y financiero puede blindarse y, además, definir el lenguaje con el que se decide qué es "justicia", qué es "seguridad" y qué es "propaganda".

Precisión necesaria: Occidente sí tiene controles internos (parlamentos, prensa, tribunales, comisiones), pero el punto no es "no hay nada". El punto es que no existe un mecanismo externo, coercitivo y simétrico que obligue a rendir cuentas cuando el coste político sube. Y, cuando ese coste sube, el sistema permite bloquear consecuencias por diseño. Esa es la asimetría: no la existencia de "errores", sino la capacidad de convertirlos en "errores" sin sanción estructural.


El blindaje institucional: tres capas de impunidad

1) La Corte Penal Internacional: justicia selectiva por diseño

Estados Unidos no es Estado parte del Estatuto de Roma y, además, aprobó en 2002 la American Service-Members' Protection Act, que institucionaliza una postura de no cooperación y contempla medidas de presión para impedir detenciones de estadounidenses por la CPI.

A esa no-ratificación se suma la construcción de una red de inmunidades operativas mediante acuerdos bilaterales de no entrega (acuerdos tipo "artículo 98" en la jerga del Estatuto de Roma), que buscan impedir que terceros Estados cooperen con la Corte cuando se trata de personal estadounidense. No es solo "no participo": es "evito que otros puedan entregarme".

Cuando la Fiscalía de la CPI avanzó hacia la investigación de posibles crímenes en Afganistán que podían implicar a personal estadounidense, la administración Trump respondió en 2020 con sanciones contra la fiscal Fatou Bensouda y otro alto cargo de la Fiscalía. El mensaje fue explícito: la CPI puede perseguir a actores periféricos, pero si se acerca a EE.UU., se convierte en objetivo político.

El mecanismo de disuasión: No hace falta que las sanciones sean constantes para que el efecto sea estructural. Basta con que existan casos ejemplares y una amenaza creíble de represalia política y financiera. En términos prácticos, eso introduce una disuasión: investigar a ciertos actores deja de ser un gesto jurídico y pasa a ser un choque directo con un poder soberano que no reconoce jurisdicción.

Reino Unido y Francia, aun siendo Estados parte, operan con el escudo adicional de la jurisdicción y los filtros internos. En el caso británico, el propio diseño legal ha buscado elevar barreras contra procesos por operaciones en el extranjero (p. ej., presunciones contra la persecución penal tras cierto tiempo).

Y, cuando han existido mecanismos internos de investigación (como IHAT en Irak), el resultado práctico ha sido cierre y ausencia de condenas proporcionales a la gravedad de las alegaciones, con críticas relevantes incluso desde organizaciones de derechos humanos.

La simetría revelada: cuando la CPI emite una orden de arresto contra Putin (2023), Occidente lo presenta como "triunfo del derecho internacional"; cuando la CPI se acerca a aliados o a la propia arquitectura occidental, pasa a ser "sesgo político". La legitimidad del tribunal queda condicionada al objetivo.

2) El Consejo de Seguridad: el veto como garantía de impunidad

El veto permanente en el Consejo de Seguridad es el mecanismo más sólido de blindaje: no hay justicia ejecutiva contra un P5 si decide bloquearla. Estados Unidos ha usado el veto decenas de veces; la cifra consolidada ronda 89 vetos (dato agregado hasta septiembre de 2025), y una parte sustancial se vincula a resoluciones sobre Israel.

Patrón contemporáneo: El patrón no es histórico; es contemporáneo. En el ciclo 2023–2025, el Consejo de Seguridad ha vuelto a mostrar su límite: cuando una resolución amenaza el margen de maniobra del bloque hegemónico o la impunidad de un aliado central, el veto reaparece como interruptor de cierre. El resultado es siempre el mismo: la ONU conserva la escena, pero pierde la capacidad de obligar.

Ejemplos de impunidad protegida por arquitectura política:

Irak (2003): intervención sin una autorización clara y específica del Consejo de Seguridad, sostenida sobre la narrativa de las armas de destrucción masiva. En víctimas, las cifras varían radicalmente por metodología: desde recuentos documentales (IBC, con más de 120.000 muertes registradas en su base hasta 2011) hasta estimaciones de exceso de mortalidad (Lancet 2006 estimó ~655.000 hasta julio de 2006, con intervalo). Consecuencia institucional para los máximos responsables occidentales: ninguna.

Libia (2011): la Resolución 1973 autorizaba protección de civiles y zona de exclusión aérea; en la práctica, la operación derivó hacia un resultado de colapso del régimen y descomposición estatal. Consecuencia institucional: ninguna.

Crímenes israelíes en Gaza y Cisjordania: Estados Unidos ha bloqueado resoluciones de condena o exigencia de alto el fuego en el marco de la guerra de Gaza, actuando como garantía diplomática. Esto no es una hipótesis: es práctica repetida y reciente.

La lógica es transparente: cuando Rusia veta, "bloquea la justicia"; cuando EE.UU. veta, "defiende a un aliado". La acción es la misma: el lenguaje cambia porque el poder decide el diccionario.

3) El sistema de sanciones: el arma sin contrapeso

Las sanciones se venden como alternativa civilizada a la guerra. En realidad, son coerción económica y, en muchos casos, castigo social masivo.

Aquí conviene precisar: EE.UU. no "controla SWIFT". SWIFT es una entidad bajo derecho belga y actúa conforme a marcos regulatorios (por ejemplo, sanciones UE). Pero EE.UU. sí controla el núcleo del sistema: el acceso al dólar, a la banca corresponsal y al clearing, y puede proyectar eso al mundo mediante sanciones secundarias. Esa es la palanca real: o cumples, o te quedas fuera del circuito financiero dominante.

El mecanismo de sobre-cumplimiento (overcompliance): La fuerza de las sanciones secundarias no está solo en la norma, sino en el "sobre-cumplimiento". Bancos, aseguradoras, navieras y proveedores cortan relaciones incluso cuando la operación podría ser legal, por miedo a perder acceso al circuito en dólares o a sufrir sanciones reputacionales. En términos prácticos, la amenaza se convierte en bloqueo automático distribuido: no hace falta perseguir a todos; basta con que el sistema financiero se autocensure.

Ejemplos del uso letal de sanciones (presentado como "política pública"):

Irak (años 90): múltiples estudios y encuestas discutieron aumentos dramáticos de mortalidad infantil; la cifra de "medio millón" aparece como estimación ampliamente citada, pero también se expresa como rango en la literatura (p. ej., cientos de miles). El punto político es el mismo: sufrimiento masivo civil administrado como instrumento. La respuesta de Madeleine Albright ("creemos que el precio vale la pena") quedó como símbolo de esa lógica.

Venezuela (desde 2017): trabajos como el de CEPR sostienen que las sanciones agravaron mortalidad y crisis social, estimando decenas de miles de muertes asociadas en 2017–2018; otros análisis (p. ej., Brookings) discuten la atribución causal y la magnitud. Lo relevante aquí es la estructura: no existe un tribunal con capacidad de declarar ilegales estas sanciones y obligar a levantarlas, y los propios mecanismos de la ONU han advertido impactos severos sobre derechos humanos.

Punto estructural: Incluso cuando la atribución exacta sea discutida —cuánto es sanción, cuánto es mala gestión, cuánto es colapso previo— el punto estructural permanece: el instrumento coercitivo es global, afecta a terceros por diseño (secundarias), y carece de contrapeso judicial efectivo. La discusión cuantitativa no invalida el mecanismo; solo decide la magnitud.

Siria: relatores de la ONU han pedido levantar sanciones unilaterales y han señalado su impacto en derechos humanos y en la capacidad de recuperación y asistencia.

Pregunta clave: ¿quién decide si estas sanciones son legítimas y proporcionadas? En la práctica, quien las impone.


El tribunal mediático: control del relato global

Más allá de instituciones, existe un poder de definición: qué cuenta como hecho, qué como propaganda, qué como amenaza.

La UE prohibió RT y Sputnik en 2022 como medida de guerra informativa, con base legal en decisiones/reglamentos europeos.

El mecanismo de prohibición por identidad: Esa base legal no es un detalle técnico menor; es el punto. Se trata de una decisión de sanciones informativas que opera por identificación del emisor (actor-based), no por análisis caso a caso de contenidos concretos. En otras palabras: no se "desmiente" una falsedad específica; se invalida una fuente entera por pertenencia geopolítica. Eso es exactamente lo que Occidente llama "propaganda" cuando lo hace el otro.

Cuando Rusia restringe medios occidentales, el relato es "censura autoritaria"; cuando Occidente prohíbe canales enteros, el relato es "defensa contra la desinformación". El mecanismo es comparable; el marco moral no.

Y aquí está el nervio: los medios occidentales también transmiten propaganda. Solo que la llaman "narrativa editorial" o "marco periodístico", y opera por omisión, selección y énfasis más que por fabricación burda. Es más sofisticada porque se presenta como "periodismo objetivo".

Ejemplos verificables:

  • Irak 2003: los principales medios anglosajones amplificaron sin cuestionar la narrativa de las armas de destrucción masiva
  • Libia 2011: se vendió la intervención como humanitaria; el colapso posterior quedó en segundo plano
  • Gaza: la diferencia de tratamiento entre víctimas israelíes y palestinas es documentable (voz pasiva vs. activa, contexto vs. aislamiento)

La pregunta incómoda: Si RT es propaganda rusa por estar alineada con un Estado, ¿por qué los medios públicos internacionales occidentales no serían propaganda cuando cumplen funciones estratégicas de Estado? La respuesta no es epistemológica: es hegemónica.


Impunidad por crímenes de guerra: casos sin consecuencia

El blindaje no es una teoría: se prueba en casos documentados donde la cadena de mando superior rara vez paga el precio.

Kunduz (2015): el hospital de MSF fue bombardeado; murieron 42 personas. MSF pidió investigación independiente; EE.UU. investigó internamente, habló de error y cerró sin condenas penales equivalentes.

El mecanismo institucional: El núcleo del problema es que los dispositivos internacionales de investigación independiente pueden quedar neutralizados por requisitos de consentimiento estatal o por el cierre de filas diplomático. Cuando la investigación depende de la voluntad del investigado (o del aliado del investigado), el resultado está prefigurado: investigación interna, lenguaje de "error trágico", sanciones menores, y cierre.

Programa de drones / asesinatos selectivos: hay bases de datos y recuentos que documentan miles de acciones y víctimas civiles; además, existe doctrina legal interna para operaciones letales incluso contra ciudadanos estadounidenses en condiciones interpretadas por el Ejecutivo. La estructura es la misma: decisión administrativa, control limitado, consecuencia internacional nula.

El caso al-Awlaki es el paradigma: la capacidad del Ejecutivo de autorizar una muerte extrajudicial de un ciudadano, sin juicio y con justificación jurídica interna. No es un "exceso en el terreno"; es una arquitectura. Y, además, la opacidad estadística —diferencias entre recuentos gubernamentales, periodísticos y de ONG— no es un accidente: es parte de la imposibilidad práctica de rendición de cuentas externa. Si no hay cifra común, no hay crimen verificable; si no hay crimen verificable, no hay jurisdicción efectiva.

La excepción que confirma la regla: Existen casos de rendición de cuentas parcial en países occidentales (comisiones, investigaciones militares, incluso condenas). Pero su techo es visible: suelen detenerse en niveles operativos o intermedios y rara vez atraviesan la cadena hacia la decisión política o estratégica. La existencia de excepciones no refuta la asimetría; la delimita: hay accountability cuando no amenaza el núcleo del poder.


Democracia como instrumento, no como principio

Occidente no tiene problema con las dictaduras. Tiene problema con la desobediencia.

El criterio operativo real: El criterio operativo real de Occidente no es "¿eres democrático?". El criterio operativo real es "¿te sometes a nuestros intereses?". Si la respuesta es sí: tu régimen es "socio estratégico", "aliado clave" o "país en transición democrática" (aunque lleves 40 años en el poder). Si la respuesta es no: tu régimen es "dictadura", "amenaza a la estabilidad regional" o "violador sistemático de derechos humanos" (aunque tu estructura de poder sea idéntica a la del aliado).

Ejemplos que prueban el punto

Arabia Saudí:

  • Monarquía absoluta sin elecciones
  • Ejecuciones públicas
  • Khashoggi descuartizado en un consulado
  • Consecuencia: venta de armas, acuerdos energéticos, visitas presidenciales

Egipto (Al-Sisi):

  • Golpe militar (2013)
  • Represión masiva (masacre de Rabaa: cientos de muertos)
  • Decenas de miles de presos políticos
  • Consecuencia: ayuda militar estadounidense continúa (~1.300 millones anuales)

Rwanda (Kagame):

  • 30 años en el poder
  • Elecciones con 99% de votos
  • Opositores muertos o exiliados
  • Consecuencia: "socio preferente" de Reino Unido, modelo de "desarrollo africano"

Ahora compara con:

Venezuela (Maduro):

  • Elecciones cuestionadas (con razón)
  • Represión documentada
  • Consecuencia: sanciones devastadoras, bloqueo financiero, intento de reconocimiento de presidente alternativo

Siria (Assad):

  • Dictadura brutal, crímenes de guerra documentados
  • Consecuencia: intervención militar, sanciones que colapsan la economía civil

Bielorrusia (Lukashenko):

  • Fraude electoral (2020), represión de protestas
  • Consecuencia: sanciones, aislamiento, narrativa de "última dictadura de Europa"

La diferencia no es el régimen. Es la obediencia.

  • Arabia Saudí vende petróleo en dólares y compra armas occidentales → "socio"
  • Venezuela nacionaliza petróleo y se acerca a Rusia/China → "dictadura"
  • Egipto controla Suez y reconoce a Israel → "estabilidad"
  • Siria se alía con Irán y Rusia → "régimen criminal"
  • Rwanda acepta acuerdos migratorios con UK → "modelo de desarrollo"
  • Bielorrusia se integra con Rusia → "última dictadura"

La hipocresía no es un fallo del sistema. Es el diseño del sistema. Occidente declara principios universales (democracia, derechos humanos), los aplica solo cuando coinciden con sus intereses, los suspende cuando obstaculizan sus intereses, y sigue reclamando autoridad moral porque "en principio" defiende esos valores. El lenguaje de la democracia y los derechos humanos no es el objetivo. Es la coartada.


La pregunta que rompe el marco

Si Occidente puede:

  • intervenir militarmente sin pagar costes jurídicos equivalentes,
  • blindarse frente a jurisdicción internacional,
  • usar el veto como escudo,
  • ejercer coerción económica global sin contrapeso judicial,
  • y sostener un aparato narrativo que legitima la asimetría,

¿con qué autoridad moral juzga las acciones de otros Estados?

La respuesta no es "superioridad moral". La respuesta es asimetría de poder: quien domina instituciones, finanzas y lenguaje moral puede convertir sus actos en "orden" y los ajenos en "crimen".


Conclusión: "democracia soberana" como respuesta al doble estándar

Este choque ya tiene nombre en la teoría: enfoques como TWAIL (Third World Approaches to International Law) han mostrado que el derecho internacional opera con continuidad colonial, donde el universalismo funciona como lenguaje legitimador de jerarquías. No es una acusación moral; es un diagnóstico de estructura: quién escribe la norma, quién la interpreta, quién la ejecuta, y quién queda fuera.

Cuando Estados periféricos adoptan medidas defensivas (primacía constitucional, restricción de financiación externa, legislación sobre agentes extranjeros), no están atacando un orden universal simétrico. Están respondiendo a un sistema donde las reglas se aplican hacia abajo.

La "democracia soberana" no es democracia por definición; pero sí es, en su núcleo, una impugnación de una arquitectura donde:

  • no existe un "vigilante" equivalente para Occidente,
  • la rendición de cuentas es opcional para el fuerte,
  • y el vocabulario moral funciona como arma geopolítica.

Porque la pregunta que destruye el edificio conceptual es simple:

Si nadie vigila a Occidente, ¿por qué debería Occidente vigilar a otros?

Y si la respuesta real es "porque puede", entonces dejemos de llamarlo justicia internacional y nombremos lo que es: imposición del fuerte sobre el débil con retórica de derechos humanos.


Comentarios

Entradas populares de este blog

Pasión o sumisión: lo que el fútbol argentino enseña al Atleti

Lo que sí existe: desmontando el mito de las denuncias falsas