De dónde vienen los jueces: el sesgo de clase en la justicia
En el imaginario democrático, el poder judicial se presenta como un cuerpo neutral que encarna la diversidad social y actúa como contrapeso frente a abusos del poder político. Sin embargo, la evidencia sociológica sugiere algo distinto: la judicatura no es un espejo de la sociedad, sino un grupo profesional cuya composición responde a un patrón social muy específico. Los jueces, en su mayoría, no provienen de entornos populares ni de trayectorias vitales heterogéneas. Por el contrario, su origen se concentra en sectores medios-altos, con recorridos educativos homogéneos y con valores afines a la estabilidad institucional.
Comprender este sesgo de origen es fundamental para explicar la orientación conservadora del poder judicial y su tendencia a priorizar la preservación del orden sobre la transformación social.
1. Un reclutamiento sesgado
Históricamente, el acceso a la carrera judicial ha estado condicionado por variables de clase. Preparar una oposición judicial requiere tiempo, recursos económicos y capital cultural familiar. La inversión de años de estudio sin ingresos solo es posible para quienes cuentan con apoyo económico estable, lo que excluye a gran parte de las clases trabajadoras.
El caso de España es ilustrativo. Informes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) han mostrado que la mayoría de jueces procede de familias de clase media-alta, con un fuerte peso de padres vinculados a profesiones jurídicas, académicas o al funcionariado de élite. Según estos estudios, menos del 10% de los jueces proviene de entornos de clase trabajadora. Además, preparar la oposición exige entre tres y cinco años de estudio intensivo a tiempo completo, lo que, en la práctica, solo resulta viable para quienes cuentan con apoyo familiar prolongado.
Las universidades de élite han sido otro filtro de entrada. En muchos países, y también en España, las facultades de derecho con más prestigio concentran a estudiantes de estratos socioeconómicos altos, generando redes que luego se reactivan en el acceso a la judicatura. Así, el reclutamiento judicial se asemeja más a una reproducción de élites que a un concurso abierto de méritos.
2. Trayectorias homogéneas, mentalidades homogéneas
La homogeneidad de origen social produce una homogeneidad de cosmovisión. La mayoría de jueces comparte experiencias educativas similares, entornos culturales poco diversos y una socialización marcada por valores de orden, jerarquía y disciplina. En palabras de Pierre Bourdieu, “el campo jurídico es el lugar donde se ejerce la violencia simbólica de la universalización de una visión particular del mundo” (La force du droit, 1990).
Esa visión particular suele privilegiar la estabilidad institucional sobre la innovación normativa. El derecho se concibe como guardián del orden más que como motor de cambio. Los jueces, formados en este marco, tienden a considerar que su función es contener los excesos de la política y de los movimientos sociales, no acompañarlos.
3. Consecuencias en la práctica judicial
Este sesgo de origen tiene efectos palpables en la práctica:
Preferencia por la continuidad: ante conflictos sociales, la judicatura opta casi siempre por soluciones que preservan el statu quo.
Sesgo punitivo: en casos de protesta social, huelgas o reclamos colectivos, la respuesta judicial suele inclinarse hacia el castigo y la criminalización antes que hacia el reconocimiento de derechos.
Resistencia al cambio: incluso cuando la sociedad avanza en demandas de igualdad (género, diversidad sexual, derechos laborales), los tribunales tardan décadas en acompañar esos procesos. Como advirtió Martin Shapiro (1981), “los tribunales refuerzan más que desafían las estructuras de poder”.
4. La reproducción intergeneracional
La homogeneidad de origen no se corrige con el tiempo: se reproduce. Quienes acceden a la judicatura transmiten sus valores a nuevas generaciones, ya sea a través de academias de preparación, asociaciones profesionales o la propia cultura institucional. Las familias con tradición jurídica ocupan de manera desproporcionada puestos en la magistratura, perpetuando el círculo de privilegio.
Lisa Hilbink, en su estudio sobre Chile (Judges Beyond Politics in Democracy and Dictatorship, 2007), mostró cómo esta continuidad generó un poder judicial alineado con el autoritarismo bajo Pinochet y luego reticente a los cambios democráticos. La lección es clara: el origen social de los jueces no es un detalle biográfico, sino un factor estructural en la configuración de la justicia.
5. Perspectiva crítica
Los estudios de sociología del derecho coinciden en señalar que la supuesta neutralidad judicial se sostiene sobre un terreno social profundamente desigual. Boaventura de Sousa Santos (2002) ha mostrado cómo el acceso a la justicia está sesgado en contra de los sectores populares, no solo por razones económicas, sino por la distancia cultural con un aparato judicial que no los representa.
El origen social homogéneo de la judicatura explica, en parte, por qué la justicia ha sido más un freno que un motor de democratización. Si los jueces provienen de los mismos entornos, es esperable que piensen de manera similar y que, frente a los conflictos, reproduzcan los valores de su clase de origen.
Conclusión
La judicatura no surge de un vacío social. Es producto de trayectorias educativas, culturales y económicas que la anclan a sectores privilegiados. Esa homogeneidad condiciona su función: más que espacio de innovación y reconocimiento de derechos, los tribunales se consolidan como garantes de continuidad.
El mito de la justicia neutral se debilita cuando se examina el origen social de quienes la encarnan. La pregunta crucial es cómo democratizar el acceso y diversificar las trayectorias de la judicatura. Solo entonces podrá aspirar a representar la pluralidad social y a cumplir, de verdad, el ideal ilustrado de ser un contrapeso al poder y un garante de derechos para todos.
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